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Resolución 0940 de 2026: Qué Cambia en la Metodología de Estudios Ambientales

El 28 de julio de 2026, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución 0940, que reemplaza por completo la Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios Ambientales (MGEPEA) vigente desde 2018. Si su empresa está preparando o va a preparar un DAA, un EIA o un PMA, esto le aplica directamente.

Resolución: 0940 del 28 de julio de 2026

Expide: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Deroga: Resolución 1402 de 2018

Aplica a: Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) y Estudio de Impacto Ambiental (EIA), incluyendo el Plan de Manejo Ambiental (PMA) como parte de este último

¿Por qué se actualizó la metodología?

La resolución responde a varios mandatos acumulados desde 2018: el proceso de adhesión de Colombia a la OCDE, la Ley 2169 de 2021 sobre cuantificación de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en instrumentos ambientales, el Acuerdo de Escazú (Ley 2273 de 2022) sobre acceso a la información y participación pública, y una orden directa de la Corte Constitucional (Sentencia C-280 de 2024) para actualizar los términos de referencia de estudios de impacto ambiental en materia de cambio climático.

Los 5 cambios más relevantes

01

Debida diligencia en derechos humanos, ahora transversal

El cambio más estructural. Los estudios ambientales deben identificar qué riesgos e impactos a los derechos humanos se derivan de los impactos ambientales del proyecto, y argumentar explícitamente cómo cada medida de manejo del PMA contribuye a prevenirlos — con base en jurisprudencia, recomendaciones de la OCDE/ONU y doctrina en la materia.

02

Nueva metodología de área de influencia por "unidades de análisis"

En vez del enfoque tradicional de área de influencia directa/indirecta, la nueva MGEPEA exige delimitar el área mediante unidades de análisis específicas por componente (cuencas y subcuencas para hidrología, por ejemplo), refinadas con criterios de conformación que aumentan la precisión geográfica de dónde se manifiestan realmente los impactos.

03

Variable de cambio climático obligatoria en el EIA

Por mandato directo de la Corte Constitucional, los EIA deben incorporar la cuantificación de emisiones de GEI y su aporte a la Contribución Nacionalmente Determinada (NDC) de Colombia ante la CMNUCC — ya no es opcional ni queda a discreción del elaborador del estudio.

04

Jerarquía de la mitigación, reforzada y con trazabilidad

El PMA debe formular medidas siguiendo estrictamente el orden prevenir → mitigar → corregir → compensar, con al menos una medida por cada impacto identificado, e identificar explícitamente qué medidas también sirven como mitigación o adaptación al cambio climático.

05

Protocolo formal de participación de grupos de interés

Se exige un proceso estructurado en fases (planeación, ejecución, análisis de resultados) con soportes y evidencias documentadas, incluyendo cómo se incorporaron —o por qué no se incorporaron— los aportes recibidos de las comunidades durante el proceso.

Régimen de transición: ¿debe aplicarse de inmediato?

La resolución establece un régimen de transición de 18 meses: los estudios cuya elaboración ya había iniciado antes del 28 de julio de 2026 pueden presentarse siguiendo la metodología anterior (Resolución 1402 de 2018) dentro de ese plazo. Sin embargo, cualquier interesado puede acogerse de inmediato a la nueva MGEPEA si así lo prefiere — y para estudios que se inicien desde ahora, la nueva metodología es la única vía.

Qué significa esto en la práctica

Un EIA o un PMA elaborado bajo criterios de 2018 —por bien estructurado que esté técnicamente— probablemente no va a cumplir con los requisitos formales de la nueva metodología si se radica después de vencido el régimen de transición. Para proyectos que aún no han iniciado su estudio ambiental, la recomendación es clara: estructurar el estudio directamente bajo la MGEPEA 2026, evitando el riesgo de tener que rehacer secciones completas más adelante.

¿Va a preparar un EIA, DAA o PMA?

En GECOTI ya trabajamos bajo la Resolución 0940 de 2026. Revisamos su situación específica en una primera llamada, sin costo.

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